¿Duplicación o complementariedad? Un análisis comparativo de las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y de la Tercera Comisión

by Grace Kennedy, former Universal Rights Group NYC Blog INVALID 6, Blog INVALID 7, General Assembly BORRAR, Human Rights Council BORRAR, Human rights institutions and mechanisms, Instituciones, procesos y mecanismos de derechos humanos internacionales BORRAR, UN General Assembly/Third Committee, Universal Rights Group NYC BORRAR

En los últimos años, muchos han comenzado a examinar más a fondo la relación entre el Consejo de Derechos Humanos y la Tercera Comisión de la Asamblea General. A medida que nos acercamos al final de 2019, ahora es un momento adecuado para revisar el trabajo realizado por ambos organismos este año y el nivel de eficiencia alcanzado. ¿Estos dos órganos clave de derechos humanos forman un todo coherente, en el que cada uno juega un papel claramente definido y lógico en el sistema general de derechos humanos de la ONU? ¿O la relación se caracteriza más por la incoherencia, la duplicación y la contradicción? Una manera de responder a estas preguntas es observar el grado de superposición entre las resoluciones aprobadas por el Consejo y las aprobadas, en el mismo año civil, por la Tercera Comisión.

Con esto en mente, el Universal Rights Group (URG) ha llevado a cabo un análisis comparativo de los textos adoptados este año en los dos organismos. La metodología utilizada para esta evaluación fue la misma que la empleada para los análisis comparativos anteriores entre el Consejo y la Tercera Comisión, abarcando los años 2017 y 2018.

En 2019, el Consejo aprobó 79 resoluciones (vea los informes de URG sobre HRC40, HRC41 y HRC42), y la Tercera Comisión adoptó 62 resoluciones (vea el informe de URG NYC posterior a la sesión). De esos 62 textos, se puede decir que 41 están relacionados con los derechos humanos (adoptados bajo los puntos 26, 65, 66, 67, 68, 69 y 70 de la agenda de la Tercera Comisión).

La conclusión básica del análisis de 2019 es que sigue habiendo una superposición significativa e incluso duplicación entre las resoluciones de los dos órganos. El 60% de las resoluciones de derechos humanos de la Tercera Comisión en 2019 tenían un equivalente prima facie (a juzgar por los títulos de las resoluciones) adoptado por el Consejo el mismo año. Al analizar más a fondo el contenido de estas resoluciones, llegamos a la conclusión de que el 2,5% era funcionalmente idéntico (mismo contenido), el 7% detallaba los textos correspondientes del Consejo y alrededor del 5% tenía una superposición significativa. En total, por lo tanto, el 14,5% de los textos de derechos humanos de la Tercera Comisión en 2019 tuvieron un alto grado de superposición/duplicación con los textos correspondientes del Consejo. Si se suman los textos que muestran un menor grado de superposición (pero todavía con alguna superposición – es decir, más del 10% del contenido es idéntico), la proporción salta al 48,5%.

En comparación con el mismo análisis que URG realizó para las resoluciones adoptadas en 2018, encontramos una mejora marginal en la reducción de la duplicación innecesaria entre los organismos. En 2018, el 8% de los textos eran funcionalmente idénticos, el 8% detallaba los textos correspondientes del Consejo y el 5% tenía una superposición significativa. En general, por lo tanto, el 21% de los textos de derechos humanos de la Tercera Comisión tenían un alto grado de superposición/duplicación con los textos correspondientes del Consejo (en comparación con el 14,5% en 2019). Si se agregan los textos con menor grado de superposición, la cifra llegó al 66% en 2018 (en comparación con el 48,5% este año).

Dado que una gran cantidad de resoluciones en 2019 fueron bienales, también vale la pena mirar el análisis de URG de 2017. En 2017, el 50% de las resoluciones tenían un equivalente prima facie, en comparación con el 60% en 2019, o sea, un salto de 10%. Sin embargo, cuando miramos los párrafos sustantivos vemos una mejora cuanto a la duplicación. En 2017, el 6% de las resoluciones de derechos humanos eran funcionalmente idénticas, el 6% detallaban resoluciones correspondientes del Consejo y el 4% contenía una superposición significativa. En general, el 16% de todas las resoluciones de derechos humanos en 2017 tuvieron un alto grado de superposición, en comparación con el 14,5% en 2019. Si se compara la cantidad de textos que mostraron un menor grado de superposición (pero todavía con alguna superposición – es decir, más del 10% del contenido es idéntico), vemos una superposición de 55% en 2017 en comparación con el 48,5% en 2019.

En general, por lo tanto, en comparación con años anteriores, en 2019 la Tercera Comisión adoptó una proporción menor de resoluciones con un alto grado de superposición con los textos correspondientes del Consejo (14.5%) que en años anteriores. Además, si se incluyen los textos con cierto grado de superposición, 2019 fue mejor (en términos de duplicación – 48,5%) que 2018 (66%) y 2017 (56%).

Superposición en 2019

El siguiente gráfico ilustra la superposición prima facie (es decir, en los títulos de resoluciones) entre los textos de derechos humanos de la Tercera Comisión y los textos del Consejo. El análisis comparativo de URG concluyó que 25 de los 41 textos de derechos humanos de la Tercera Comisión en 2019 (60%) tenían una resolución equivalente directa adoptada por el Consejo en 2019.

De manera detallada, el análisis de URG New York concluyó que:

  • 25 de 41 de los textos de derechos humanos de la Tercera Comisión centrados en cuestiones de derechos humanos tenían un equivalente prima facie en el CDH (a juzgar por sus títulos). Esto corresponde al 60% de las resoluciones de derechos humanos de la Tercera Comisión.
  • Un texto de la Tercera Comisión era funcionalmente idéntico a su homólogo más cercano en el Consejo (2,5% de las resoluciones de derechos humanos de la Tercera Comisión).
  • Tres textos de la Tercera Comisión detallaban o fueron detallados por su correspondiente más próximo en el Consejo (7% de las resoluciones de derechos humanos de la Tercera Comisión).
  • Dos resoluciones (alrededor del 5% de las resoluciones de derechos humanos de la Tercera Comisión) contenían una superposición significativa con su contraparte más cercana en el Consejo.
  • 14 resoluciones (34% de las resoluciones de derechos humanos de la Tercera Comisión) contenían cierto grado de superposición con su homólogo más cercano en el Consejo.
  • Cinco textos (12% de las resoluciones de derechos humanos de la Tercera Comisión) no contenían superposición o menos del 10% de su contenido se superponía con su contraparte más cercana en el Consejo (es decir, la equivalencia solo estaba en el título)

¿Cuál es el punto?

Si bien vimos una mejora en el nivel de duplicación en los párrafos sustantivos de las resoluciones, vimos también un aumento en el número de duplicaciones prima facie, pasando de 54% en 2018 al 60% en 2019. Esto se debe en parte a una nueva resolución de la Tercera Comisión: Día Internacional de Igualdad de Pago. Además, para algunas de estas resoluciones prima facie, vimos que, en ambos lugares, las dos resoluciones discuten el mismo tema general, pero una se enfoca en un aspecto específico del tema y la otra tiene una visión más amplia. Por ejemplo, mientras en la Asamblea General una resolución se titula “Los derechos del niño”, la resolución del Consejo se centra específicamente en “Derechos del niño: empoderar a los niños con discapacidad para el disfrute de sus derechos humanos, incluso a través de la educación inclusiva”. Si bien ambas resoluciones discuten aspectos de los derechos del niño, como la violencia contra los niños y el acceso a la educación, la resolución del CDH se centra en la relación específica de esos derechos y los niños con discapacidades.

¿Todavía vale la pena preguntarse qué logra esta duplicación? A medida que examinamos la eficacia de los organismos de derechos humanos, especialmente cuando se trata de la relación entre Ginebra y Nueva York, vale la pena abordar esta duplicación (y los otros altos niveles de duplicación identificados por URG). Existen argumentos tanto a favor cuanto en contra de la duplicación. Se podría argumentar, por ejemplo, que vale la pena debatir algunas cuestiones clave tanto en el Consejo como en la Tercera Comisión. Por otro lado, el alto número de resoluciones en la Tercera Comisión dificulta que los Estados participen de manera constructiva en cada resolución y tema. Con la próxima revisión 2021-2026 del Consejo de Derechos Humanos por parte de la Asamblea General, vale la pena considerar no solo la eficiencia y el impacto del Consejo, sino también la relación entre los dos órganos.

“Reapertura” del informe del Consejo

Otra señal reveladora del nivel de coherencia en la relación entre el Consejo y la Tercera Comisión es cómo esta última se ocupa del informe anual de la primera. En ese sentido, 2019 fue un año positivo ya que no hubo ningún intento de “reabrir” el informe del Consejo. Sin embargo, aunque al final ha sido adoptado, el informe fue sometido a votación. Mientras era adoptado, algunos Estados criticaron o se negaron a reconocer las resoluciones específicas de país aprobadas por el Consejo. Además, muchos Estados sostuvieron el argumento habitual de que, en lugar de que la Tercera Comisión aprobara una resolución general sobre el informe, el informe del Consejo de Derechos Humanos debería considerarse en el plenario de la Asamblea General, y la Tercera Comisión solo debería considerar, y, cuando corresponda, tomar medidas sobre, las recomendaciones del informe.

Para obtener más detalles sobre las resoluciones aprobadas por la Tercera Comisión en 2019, consulte el Informe de URG NY posterior a la sesión.

Para obtener más detalles sobre las resoluciones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos en 2019, consulte los Informes de URG posteriores a las sesiones y el Informe de fin de año de yourHRC.


Featured Venn diagram created by Universal Rights Group NYC.

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