Cómo el reconocimiento de la ONU del derecho al agua y saneamiento ha informado esfuerzos para asegurar el reconocimiento universal del derecho a un medio ambiente sano , limpio y sostenible

by Marc Limon, Executive Director of the Universal Rights Group R2E, Thematic human rights issues

A finales de Julio, el mundo celebró el décimo aniversario del reconocimiento universal del derecho al agua y saneamiento por la Asamblea General de la ONU (AG). Para marcar la ocasión, el Relator Especial de la ONU sobre los derechos a agua potable limpia y saneamiento, Léo Heller, lanzó un pronunciamiento (que puede leer aquí) en el cual aclamó este ‘gran hito’ tras ‘varias décadas de esfuerzo sostenido’. Gracias a la resolución 64/292 de la AG (adoptada el 28 de Julio de 2010), dijo, ‘el agua y saneamiento fue reconocido, por primera vez, como un derecho fundamental, y el agua y saneamiento fueron reconocidos como esenciales para la realización de los derechos humanos.’

Este fue un logro importante en sí mismo, no obstante el proceso que llevo al reconocimiento de la ONU del derecho al agua y saneamiento, y los beneficios derivados de este reconocimiento, continúan dando lecciones importantes para quienes buscan asegurar el reconocimiento universal de otro ‘nuevo’ derecho – el derecho a un ambiente limpio, sano y sostenible (DALSS). Este ultimo derecho es la gran ‘pieza faltante’ de la redacción de la Declaración Universal de Derechos Humanos (que tuvo lugar antes de la llegada del movimiento ambiental moderno).

La ONU, liderada por el Consejo de Derechos Humanos, ha trabajado en esta ‘pieza faltante’ por lo menos desde 2011. Ese año, el Consejo adoptó la resolución 16/11 sobre ‘derechos humanos y el medio ambiente’, que construyó sobre la Declaración de Estocolmo de la ONU sobre el Ambiente Humano y reconoció que: ‘la protección del medio ambiente puede contribuir al bienestar humano y el disfrute de los derechos humanos;’ ‘el daño ambiental puede tener implicaciones negativas, tanto directas como indirectas, para el disfrute efectivo de los derechos humanos:’ y ‘las obligaciones y compromisos de derechos humanos tienen el potencial de informar y fortalecer la formulación de políticas, internacionales, regionales y nacionales en el área de protección medio-ambiental.’

Un año después, el Consejo adopto la resolución 19/10 estableciendo un nuevo mandato de Procedimientos Especiales, esta vez ‘sobre las obligaciones de derechos humanos en relación al goce de un ambiente seguro, limpio, sano y sostenible.’ Aunque no fue mencionado explícitamente en el texto, un objetivo clave de la resolución 19/10 era preparar el suelo para el eventual reconocimiento universal del DALSS al clarificar ‘las obligaciones de derechos humanos, incluyendo obligaciones de no discriminación, en relación al goce de un ambiente seguro, limpio, sano y sostenible.’ Incluso el título del nuevo mandato (inicialmente un Experto Independiente y posteriormente un Relator Especial) ofreció un guiño a este objetivo – dejando abierta la posibilidad de añadir las palabras ‘el derecho a’ después de ‘el goce de’, para que en el futuro el mandato aborde ‘el goce del derecho a un ambiente seguro, limpio, sano y sostenible.’

Para los defensores del reconocimiento universal del DALSS, incluyendo Universal Rights Group, los titulares, pasado y presente, del mandato Jhon Knox y David Boyd, el grupo principal del Consejo (Costa Rica, Maldivas, Marruecos, Eslovenia, y Suiza), la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU, y otros, ha habido una creciente esperanza y expectativa de que 2020 sea el año en el que este trabajo pague dividendos. Michelle Bachelet habló por muchos cuando dijo durante la sesión 44 del Consejo que:

‘Es tiempo para el reconocimiento global del derecho humano a un ambiente sano – reconocimiento que puede llevar a políticas más fuertes, en todos los niveles, para proteger nuestro planeta y nuestros niños y niñas. El derecho a un ambiente sano está basado en medidas para asegurar un clima seguro y estable; un ambiente libre de tóxicos; agua y aire limpios; y comida segura y nutritivo. Engloba el derecho a una educación con respeto por la naturaleza; a la participación; a la información; y al acceso a la justicia.’

Desafortunadamente, la pandemia del COVID-19 ha hecho casi imposible asegurar el reconocimiento en 2020. Todos los ojos están puestos en 2021 – para el aniversario cincuentavo de la Declaración de Estocolmo.

Así que, mientras quienes defienden el DALSS miran hacia ese importante premio, ¿Qué pueden aprender de la experiencia del derecho al agua y saneamiento?

La primera cosa por anotar, es que el trabajo del Consejo sobre los derechos humanos y el medio ambiente ha seguido de cerca (y de hecho fue moldeado) por el trabajo de este órgano sobre el agua y saneamiento. Tal vez lo más importante es que, siguiendo el ejemplo del grupo principal de trabajo del Consejo sobre agua y saneamiento (Alemania y España – en 2008), en 2012 el grupo principal sobre derechos humanos y medio ambiente estableció un mandato de Experto Independiente para aclarar el marco normativo de derechos humanos en lo relativo al medio ambiente (lo cual entonces ayudó a aclarar el contenido normativo de un futuro DALSS). Luego, de nuevo siguiendo el modelo de agua y saneamiento, tres años después (2015) el grupo principal sobre derechos humanos y medio ambiente ‘actualizó’ dicho mandato convirtiéndolo en un Relator Especial. Por ultimo, como la primer titular del mandato sobre agua y saneamiento, Catarina de Alburquerque, el primer titular del mandato sobre derechos humanos y medio ambiente, John Knox, jugó un papel importante al construir apoyo y llamar explícitamente al reconocimiento universal de un nuevo derecho.

En el caso del derecho al agua y saneamiento, el propósito del grupo principal (según recuerda el autor de este blog – quien en su momento era diplomático en el Consejo) era construir sobre las normas y el trabajo de Catalina de Alburquerque para asegurar la adopción de una resolución del Consejo reconociendo el derecho al agua y saneamiento, esperando que ésta fuera seguida por posterior resolución de la AG. No obstante, en Julio de 2010, Bolivia presentó su propio borrador de resolución ante la AG en Nueva York declarando como derecho fundamental el acceso a agua limpia y saneamiento.  La resolución fue eventualmente adoptada mediante votación (122 países a favor, cero en contra y 41 abstenciones). Por lo tanto, las resoluciones del Consejo (p.ej. resolución 15/9) recuerdan este paso por la AG y afirman que ‘el derecho humano al agua limpia y saneamiento se deriva del derecho a un estándar adecuado de vida e inextricablemente relacionado con el derecho a mayor estándar posible de salud física y mental, así como al derecho a la vida y la dignidad humana.’ Desde 2011, los títulos de resoluciones del Consejo cambiaron de ‘derechos humanos y acceso a agua potable segura y saneamiento’ a ‘el derecho humano a agua potable segura y saneamiento.’

El amplio empuje de esta estrategia también debe informar (y efectivamente, ha informado hasta el momento) los esfuerzos por asegurar el reconocimiento universal del DALSS. Sin embargo, en el caso del DALSS se espera que el Consejo, como principal órgano de derechos humanos de la ONU, sea el primero en reconocerlo a través de una resolución en junio o septiembre de 2021 – construyendo sobre el trabajo de los primeros dos titulares del mandato. Este sería posteriormente reconocido y afirmado en una resolución de seguimiento de la AG, también ese año (la AG –representando a todos los Estados miembros de la ONU y siendo el foro correcto para el completo reconocimiento por parte de esta organización). Idealmente (y a diferencia de la resolución de 2010 presentada por Bolivia ante la AG), estas resoluciones serían adoptadas por consenso – lo cual sería posible considerando que más de 150 países han reconocido el DALSS a nivel nacional. Eso, en efecto, es una ambición clave y una preocupación del grupo principal mientras se prepara para lo que podría ser un año ejemplar para los derechos humanos y el medio ambiente.


Lea el resultado de la conferencia académica “¿Es hora de un reconocimiento universal del derecho a un medio ambiente saludable?” aquí.

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